El eminente y joven filósofo
Julio Martinez-Cava y yo, de cabeza metidos en temas de la metafísica de
Santo Tomás, creíamos haber hallado una falla en la doctrina psicológica esta mañana. Tras mucho reflexionar he llegado a la conclusión de que, mas que una falla, lo que allí pusimos de relieve es una confirmación de las teorías del aquinense. Aun oponiéndose a mi natural posición de no conceder cuartel al pensamiento religioso trascendente, y tomando como una excepción el caso aquí tratado, quiero en este instante exponer lo que allí se comentó o dijo. La apreciación surge a partir de la en ciertos aspectos ligera e inconsistente teoría de la separación alma y cuerpo. Situémonos.
Santo Tomás recurriendo a la aristotélica distinción entre potencia y acto descubre la existencia de una división intrínseca de las substancias materiales en materia potencial y forma que actualiza y determina esa materia indeterminada en su género específico. Materia y forma componen en su unión los principios constitutivos de las substancias. La separación tan solo se evidencia por medio de una necesidad lógica dentro de los cambios substanciales. En ellos Tomas percibe como necesaria la presencia de un substrato subyacente que permite el cambio y un elemento caracterizador del cambio sobre el que el cambio opera. La materia prima se identifica con el sustrato subyacente que manteniéndose inmutable permite un cambio formal.
A través de esta distinción hilemórfica la unión cuerpo y alma se presenta de manera comprensible y lógica. La unión no es accidental, ni mucho menos se concibe como un castigo, sino que el alma tiende a la determinación del cuerpo de manera natural. Sin embargo explicar la separación transterrenal de estos dos principios constitutivos implica abordar un gran número de dificultades. Santo Tomás explica esta separación en términos de autonomía del alma que subsiste inmaterialmente manteniendo facultades de carácter intelectivo.
El quid de la cuestión se encuentra en la incorruptibilidad del alma. Para Santo Tomás algo puede corromperse por si mismo (per se) o accidentalmente (per accidens). Tomando como presupuesto la ilógica situación de un alma autocorruptiva, Tomas esgrime la subsistencia del alma para defender que no sería afectada por un cambio accidental. La consideración que traigo toma la posibilidad de un cambio substancial dentro del alma. El alma se define como un ser autónomo que subsiste tras la separación de materia y forma, de cuerpo y alma, constituyéndose como una substancia formal (carente de materia). Nada impediría que un cambio substancial operase sobre ella de manera tal que toda ella deviniera otro algo, al no haber ningún substrato potencial, de tipo material, dentro de su esencia que se mantuviera lo mismo mientras el cambio acontece. Esto es, el alma podría destruirse, corromperse, esfumarse o simplemente mutar en otro ente. Este era nuestro argumento inicial.
Ahora pienso que justamente no estábamos criticando ni desbaratando las teorías de Santo Tomás, sino justo lo contrario. Siendo la materia el sujeto sobre el que opera necesariamente el cambio substancial, estos no pueden acontecer en seres carentes de materia y por lo tanto de posibilidad de cambio sustancial alguno, aun cuando ellos mismos sean una sustancia.
Bueno, se que os interesa poco, y que la filosofía es el campo de batalla de las disputas sin cuente. Os doy las gracias si habéis llegado hasta aquí (por aguantar el toston) y os animo a comentar, aunque sea para insultarme (por haber aguantado el toston). Dejar vuestra opinión, muy especialmente convido al citado Martínez-Cava, quien nos podrá ilustrar con su dilatado saber.